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Las leyes municipales, estatales y federales ofrecen una serie de protecciones a los inquilinos y aspirantes a inquilinos. Este artículo se centra en los derechos generales de los inquilinos (y posibles inquilinos) en virtud de la legislación estatal y federal.
Las leyes federales de vivienda prohíben una serie de conductas discriminatorias que podrían afectar a un inquilino potencial o actual. A continuación se presenta una lista de protecciones en virtud del Título VIII de la Ley de Derechos Civiles de 1968, que se conoce comúnmente como la Ley de Vivienda Justa de 1968:
La Ley de Vivienda Justa (FHA) no se aplica a los edificios ocupados por sus propietarios con cuatro o menos unidades, a las viviendas unifamiliares alquiladas sin intermediario, ni a las organizaciones religiosas, clubes privados y viviendas para personas mayores (que pueden establecer restricciones de edad).
Un propietario no puede negarse a alquilar a una persona discapacitada debido a una política de «no mascotas». Si un arrendador se niega a alojar a un animal de servicio entrenado, como un perro lazarillo, habrá infringido la ley federal, incluida la Ley de Estadounidenses con Discapacidades.
Hay que tener en cuenta que, en este momento, los animales de «apoyo emocional» no siempre están cubiertos por la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), a diferencia de los animales que ayudan con discapacidades físicas y mentales, pero pueden estar cubiertos por las protecciones a nivel estatal.
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Para los estudiantes que alquilan a propietarios privados, el alquiler variará en función del tamaño y la ubicación de la habitación o el apartamento. Antes de pagar cualquier depósito o alquiler a propietarios privados, lee las recomendaciones de BoPoolen sobre cómo evitar a los estafadores.
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En el caso de los inmuebles de propiedad privada, el inquilino puede avisar con 1 mes de antelación y el propietario con 3 meses de antelación, independientemente de la duración del contrato acordada. Además, los inquilinos no pueden dar por sentado que los contratos de alquiler se prorrogan automáticamente y deben mudarse al final del contrato aunque no hayan recibido ningún aviso formal del propietario.
¿Cuáles son las formalidades a la hora de notificar? La notificación de cancelación de un contrato de alquiler debe enviarse por correo certificado a la otra parte (arrendador o inquilino) a la dirección que figura en el contrato de alquiler, a menos que se indique lo contrario por escrito. La notificación de cancelación debe indicar: quién entrega la notificación, a qué dirección se refiere, cuándo se entrega la notificación, por qué se entrega, cuándo será el último día de ocupación, la información de contacto de la parte que entrega, la firma de la parte que entrega y un espacio para que la parte que entrega apruebe la cancelación con su firma. La fecha de registro de la notificación en la oficina de correos sirve como fecha en la que la parte notificada ha recibido la notificación. Más información sobre la notificación
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Sí, un propietario puede impedir que su invitado venga a la casa o apartamento que alquila si esa persona incumple las normas del contrato de alquiler o infringe la ley. Esto se aplica a las propiedades de alquiler cubiertas por la VRLTA y a los parques de casas móviles cubiertos por la Ley de alquiler de lotes de casas manufacturadas (MHLRA).
En general, la Ley de Arrendadores e Inquilinos Residenciales de Virginia, o VRLTA, se aplica a los complejos de apartamentos, independientemente del número de apartamentos; a las casas unifamiliares, si el arrendador alquila más de dos de ellas; y a los hoteles, moteles o pensiones, si el inquilino ha estado alquilando durante más de 90 días o tiene un contrato de alquiler por escrito de más de 90 días. Si su alquiler no está cubierto por la VRLTA, puede haber otras leyes estatales que se apliquen a su situación. Si no sabe qué ley se aplica, debe pedir consejo a un abogado.
El propietario debe hacer una notificación por escrito al huésped. Puede ser entregada al huésped por el sheriff o puede ser entregada personalmente de otra manera. La notificación debe indicar la razón por la que el huésped ya no puede venir a la propiedad y debe decir lo que el huésped hizo que rompió los términos del contrato de arrendamiento o la ley. No se puede prohibir la entrada al huésped a menos que haya infringido las normas del contrato de alquiler o la ley local, estatal o federal. El propietario puede decirle a su invitado que no está autorizado a visitarle, y puede decirle que no puede entrar en la propiedad del propietario en absoluto si se trata de un complejo de apartamentos o un parque de casas móviles.